Luego de Inés del Alma Mía, encarada en yunta con Amazon Prime Video, Boomerang TV y Chilevisión, y Sin límites, aliado a Amazon, Mono Films y Kilima Media, RTVE ya está sumergido de lleno en la nueva serie, Parot, otra ficción en modo drama de acción, encarada esta vez con ViacomCBS International Studios (VIS) y Onza Entertainment.
Todavía bajo la fuerte amenaza del Covid-19, Parot ya ha tenido su claquetazo, con cámaras y actores que están en plena acción en Madrid. El thriller policial, basado en una controvertida y discutible reforma judicial, realizada en España en 2013, tendrá 10 capítulos de 60 minutos,
Escrita por Pilar Nadal (showrunner), Alonso Laporta, Olga Salvador, Mauricio Romero, Luis Murillo y Luis Murillo Arias, el seriado revive la anulación de la “Doctrina Parot” en España, acontecida hace siete años, decisión que dejó sin efecto la modificación en la forma de computar las condenas de los condenados y supuso la excarcelación de casi un centenar de presos. En este contexto de caos y conmoción social, los excarcelados van apareciendo asesinados de la misma forma en que lo fueron sus víctimas. Isabel Mora, una policía íntegra y perseverante, se lo jugará todo por atrapar al responsable.
Bajo la dirección de Gustavo Ron y Rafael Montesinos, Parot cuenta con un elenco estelar que incluye a Adriana Ugarte (Isabel Mora), Javier Albalá (Jorge Nieto), Iván Massagué (Haro), Blanca Portillo (Andrea Llanes), Patricia Vico (Ana Hurtado), Michel Brown (Plaza), Nicole Wallace (Sol), Antonio Dechent (el comisario), Marcos Marín (Abaño), Rodrigo Poison (Perea), Nacho Fresneda (Patas) y Max Mariegues (Basauri).
“Estamos muy emocionados de poder desarrollar y producir la serie Parot junto a RTVE y Onza, apostando una vez más a las alianzas con grandes socios de la industria como parte de la estrategia integral del estudio. Este acuerdo nos alienta a seguir desarrollando contenido de impacto local, pero de alcance global, para profundizar la relación con el equipo de VIS EMEAA en España liderado por Laura Abril”, comentó Federico Cuervo, vicepresidente sénior y jefe de VIS Américas.
EN CONTEXTO
La Doctrina Parot es el nombre habitual con el que se conoce la jurisprudencia establecida a partir de la sentencia del Tribunal Supremo de España del 28 de febrero de 2006 (resolución a un recurso presentado por Henri Parot, miembro de la organización terrorista ETA) por la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios, etc) se aplica respecto a la pena total y no respecto al máximo legal permitido de permanencia en prisión que, según el ya derogado Código Penal de 1973, es de 30 años. Dentro del Tribunal Supremo, uno de sus principales impulsores fue Julián Sánchez Melgar.
Esta doctrina fue modificada en 2008 solo parcialmente por el Tribunal Constitucional de España en la conocida como doctrina del doble cómputo penal. En 2013 la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió definitivamente en un recurso presentado por una condenada de ETA que la aplicación de la doctrina Parot con carácter retroactivo vulneraba los artículos 7 y 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos,45 por lo que las reducciones comenzaron a ser aplicadas sobre el máximo tiempo de permanencia en prisión legal permitido, lo que resultó en la puesta en libertad inmediata de muchas personas con penas que superaban ampliamente los 30 años.